Reglamento oficial de la dinámica “Se busca al
constructor CONCREMIX”
Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objetivo el establecer, definir y
limitar los términos y condiciones de la promoción que se realizará en los almacenes identificados
como COLONO CONSTRUCCIÓN S.A.
Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para los Participantes (ver definición de
Participante más adelante) en dicha Promoción. La participación en la Promoción implica la
aceptación por parte del Participante de respetar estas reglas y procedimientos, los cuales tendrán
carácter de definitivos respecto de la Promoción, los cuales son conocidas y aceptadas como
definitivas. Cualquier violación a dichas reglas y/o procedimientos establecidos para la
Promoción implicará la inmediata exclusión del Participante, sin responsabilidad alguna por parte
de TIENDAS O ALMECENES EL COLONO CONSTRUCCIÓN S.A.
ARTÍCULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES Y NOMBRE DE LA
PROMOCIÓN.
El nombre de la presente Promoción será ”Se busca al constructor CONCREMIX” la cual en
adelante y para efectos del presente Reglamento se denominará la “Promoción”.
El Reglamento de la Promoción será difundido en la página web del COLONO COSTRUCCIÓN
S.A sin perjuicio de que COLONO COSNTRUCCIÓN S.A. escoja libremente otro medio
publicitario adicional para difundir la promoción.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o
condiciones bajo las cuales se regirá la Promoción la cual pertenece y es patrocinada por
INTACO COSTA RICA S.A.
La Promoción se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar
en la Promoción, los Participantes, aceptan todas las reglas expresas en este Reglamento en forma
incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los Organizadores
debidamente informadas al Participante. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los
organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción el cual será debidamente
informado y comunicado por el mismo medio de publicidad a todos los Consumidores.
ARTÍCULO SEGUNDO: DEL PLAZO DE LA PROMOCIÓN
La presente Promoción es por tiempo limitado, de la siguiente manera:
15 de Julio al 15 de Agosto del 2022. Por lo cual el plazo de vigencia de la misma estará
limitado a las fechas antes indicadas.
ARTÍCULO TERCERO: OBJETO DE LA PROMOCIÓN
Para participar y ser beneficiario de la presente Promoción, es necesario que el Participante
conozca y acepte anticipadamente todas las condiciones, requisitos y limitaciones establecidos
en este Reglamento, las cuales podrán ser explicados de manera general, por parte del Encargado
de Promociones de INTACO COSTA RICA S.A al correo juan.sayago@intaco.com o también
puede llamar al número 8361 0370 o escribir al correo juan.sayago@intaco.com, debidamente
identificado ante la consulta de cualquier seguidor interesado o . Cualquier violación al presente
Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación de la Promoción,
implicará la inmediata exclusión del Participante en la Promoción y la revocatoria de cualquier
derecho o premio otorgado por el presente Reglamento.
Durante el período de vigencia de esta Promoción, debidamente delimitado en el Artículo anterior
del presente Reglamento, las personas interesadas en participar en la Promoción, podrán hacerlo
en la modalidad descrita en los artículos siguientes.
El objeto de la Promoción es el ofrecer a los clientes de las TIENDA COLONO
CONSTRUCCIÓN S.A que compren los productos de INTACO descritos en los artículos
siguientes, en cualquiera de las Tiendas COLONO CONSTRUCCIÓN S.A, durante el plazo de
vigencia de la Promoción, la posibilidad de participar en el sorteo y ser un posible ganador
del premio objeto de la presente Promoción, de conformidad con la mecánica que se indicará a
continuación. El Participante (ver definición de Participante en el Artículo Cuarto de este
Reglamento) en todo momento deberá aceptar los términos y condiciones del presente
Reglamento.
La Promoción está diseñada para desarrollarse únicamente en las tiendas físicas de COLONO
COSNTRUCCIÓN S.A, ubicadas en todo en todo el territorio nacional. En este sentido,
solamente podrán participar aquellas personas que compren los productos de INTACO en
cualquiera de las tiendas del COLONO CONSTRUCCIÓN S.A, por lo que cualquier otra
persona que no compre los productos de INTACO descritos en los artículos siguientes no podrá
participar en la presente promoción.
ARTÍCULO TERCERO-A: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Además de lo anteriormente descrito, la promoción se desarrollará de la siguiente manera:
Los participantes deberán comprar 5 sacos de Concremix 240 en cualquier presentación de
la marca INTACO
3026072 Concremix 240 Gris en 40kg
3026080 Concremix 240 Gris en 25kg
Por la compra de cada 5 sacos de uno de los productos indicados anteriormente el cliente
tiene la opción de escanear el código QR ubicado en los habladores que se encontrarán
colocados en el área de cajas de cada tienda del GRUPO COLONO. Una vez escaneado el
código QR el cliente debe completar y enviar el formulario que se le desplegará en la
aplicación. Es obligatorio que se suba una fotografía de la factura.
Para acceder a esta aplicación el comprador debe contar con una cuenta de Google.
No se podrán sumar facturas para alcanzar la suma de 5 sacos, ni tampoco se podrá sumar cierta
cantidad de otros productos de la marca INTACO. Por lo que se entiende que, para obtener el
cupón, mínimo debe ser 5 unidades de CONCREMIX 240 o sus múltiplos en el mismo número
de factura.
Lo anterior se deberá hacer, durante el plazo de vigencia establecido anteriormente en el artículo
segundo. Los Participantes tienen la posibilidad de ganar, solamente por haber comprado la
cantidad de productos mencionados anteriormente y depositado el cupón en la cuponera
respectiva y haber completado los requisitos para su participación.
EL COLONO CONSTRUCCIÓN S.A, se reserva el derecho de exigir al Participante cualquier
documento adicional o información personal que sea necesaria para aplicar en la Promoción. De
conformidad con lo aquí regulado, durante el plazo de vigencia de la presente Promoción, los
Participantes que deseen participar en el sorteo, lo harán de conformidad con la mecánica
expresada en el presente Reglamento.
ARTÍCULO CUARTO. DEFINICIONES Y PARTICIPANTES
Los siguientes términos iniciados a continuación, así como las definiciones utilizadas en este
Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será
aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo.
1. “Cliente o Participante” significa cualquiera de las personas físicas que participen en la
Promoción con las limitaciones indicadas en el presente Reglamento, debiendo ser compradores
de los artículos y cantidades mencionadas en el presente reglamento.
2. “Punto de Venta” Para esta dinámica significa, tiendas físicas del COLONO
COSNTRUCCIÓN S.A, ubicadas en todo el territorio nacional. .
3. “Datos Personales” significa que de ser elegido ganador debió haber llenado los datos
solicitados en el formulario respectivo, en cumplimiento de las disposiciones legales establecidas
por la Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales” la cual se
utilizará únicamente con el objeto de localizar al o los Ganadores.
5-Premio: En esta Promoción existen 3 ganadores y un único tipo de premio y/o beneficio,
descrito a continuación:
Premio:
En esta promoción se otorgará 1 tipo de premio, los ganadores se seleccionarán de manera
aleatoria entre los participantes que cumplan con el requisito mencionado en el artículo
tercero del presente reglamento; el premio será una pantalla de 32”, La Promoción está
dirigida a Clientes Finales del COLONO CONSTRUCCIÓN S.A. Por lo que manufacturadores,
distribuidores, revendedores y demás personas que se consideren como tales, y que formen parte
del giro comercial, así como de la cadena de producción del COLONO CONSTRUCCIÓN S.A,
no podrán participar en esta Promoción. Así mismo, no podrán participar en la Promoción los
colaboradores y representantes del Organizador que eventualmente se incorpore e identifique
durante la Promoción, hasta tercer grado de consanguineidad o afinidad.
ARTÍCULO QUINTO: PROCEDIMIENTO DEL SORTEO Y RETIRO DEL PREMIO.
Una vez culminada la promoción se procederá a recopilar la información de los participantes que
cumplan con los requisitos mencionados y que hayan participado durante la vigencia de la
promoción.
Se seleccionarán los ganadores de los premios indicados en el presente Reglamento de entre todas
aquellas personas que hayan participado, el sorteo aleatorio que dará fecha y lugar, el 20 de
agosto del 2022 en las oficinas de INTACO COSTA RICA S.A en la California, el sorteo se
realizará por parte de los encargados de la promoción de INTACO COSTA RICA S.A. De dicha
situación se deberá levantar un Acta / Declaración Jurada ante 2 Testigos del nombre de los
Participantes ganadores y sus respectivos suplentes, en total se seleccionará 1 suplente por
ganador. Esta información igualmente podrá ser presentada ante Notario Público a efecto que, de
fe del cumplimiento de los requisitos y proceso de la Promoción mediante el levantamiento de
un Acta Notarial, de conformidad al presente Reglamento. El organizador se reserva el derecho
de modificar la fecha mencionada del sorteo por conveniencia siempre y cuando no se modifique
las posibilidades de ser favorecido de cada uno de los participantes.
Luego se procederá a verificar la correcta participación del seleccionado ganador, en caso de que
no cumpla se descarta el seleccionado y se procede a verificar al primer suplente siguiendo el
mismo protocolo, así sucesivamente hasta que se agoten los ganadores suplentes. En el caso de
que la participación cumpla con todos los requisitos. El ganador será contactado por medio de
llamada o correo electrónico. En caso de no localizar al seleccionado en un máximo de 3 intentos
de llamada, se procederá a contactar al siguiente ganador suplente que corresponda siguiendo el
mismo protocolo, así sucesivamente hasta que se agoten los ganadores suplentes. Una vez sean
confirmados todos los ganadores se procederá a realizar el anuncio de los ganadores. El ganador
se anunciará a partir del jueves 26 de agosto del 2022, siempre y cuando se haya verificado todo
lo anterior mencionado en este artículo, de lo contrario el organizador se reserva el derecho de
modificar la fecha del anuncio hasta que se encuentren correctamente verificados todos los datos
necesarios para la publicación. El ganador será anunciado únicamente por Facebook de
“INTACO COSTA RICA S.A” en una publicación en el muro.
Después de realizado el Sorteo referido e identificado al respectivo favorecido y/o ganador del
premio, de acuerdo al Artículos anteriores de este Reglamento, una vez contactado el ganador en
seguimiento del procedimiento por parte de un representante de INTACO COSTA RICA S.A, se
le indicará el lugar, fecha y hora para la entrega, así como retiro del Premio correspondiente. En
este sentido, la persona ganadora deberá firmar conforme el recibo de su premio, además de un
documento de liberación de responsabilidad para EL COLONO CONSTRUCCIÓN S.A. e
INTACO COSTA RICA S.A, donde se le expresarán todas las limitaciones y condiciones que el
Premio otorgado, liberando al Patrocinador de toda responsabilidad por uso y/o consumo del
mismo. Igualmente, el ganador favorecido, no podrá reclamar o solicitar al COLONO
COSNTRUCCIÓN S.A. ningún gasto adicional que genere el retiro del Premio, como el
transporte o el costo asociado al mismo en caso de no contar con los medios necesarios para
transportarlo y/o instalarlo en el lugar que libremente decida.
De no cumplirse con las condiciones establecidas en este Reglamento o de no poder hacer la
verificación de datos necesaria del ganador oficial, se elegirá automáticamente a un ganador
suplente y se procederá con la verificación de los datos y entrega de premio tomando en cuenta
las especificaciones del presente Reglamento.
El Ganador tendrá que retirar su Premio en la fecha, hora y lugar establecido acordado al
momento que es contactado por colaboradores de INTACO COSTA RICA S.A. Los ganadores
seleccionados tienen un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día en que se les contactó
para retirar el premio objeto de esta promoción.
De no hacerlo, perderá el derecho al mismo, no pudiendo reclamar daños y/o perjuicios a
COLONO CONSTRUCCIÓN S.A e INTACO COSTA RICA S.A. producto de la pérdida del
Premio. Dicho Premio NO podrá ser cedido bajo circunstancia alguna a un familiar, cónyuge,
hijo o tercero, siendo que el objeto de la promoción es que el comprador que realizó la compra,
sea el beneficiario del Premio. Igualmente, el participante favorecido, autoriza al COLONO
CONSTRUCCIÓN S.A. e INTACO COSTA RICA S.A de forma libre y espontánea, para el uso
de su derecho de imagen y nombre en campañas promocionales y cualquier tipo de publicidad
realizada por parte del COLONO CONSTRUCCIÓN S.A. e INTACO COSTA RICA S.A, sin
poder solicitar remuneración alguna por ello.
En el evento de haber aceptado el Premio, pero por la circunstancia que sea, el Participante se
negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo para la formalización, el favorecido perderá
su derecho al Premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del
Organizador. El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento
de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como al cumplimiento de lo
dispuesto en este Reglamento. El organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la
devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente
incumpla los términos y condiciones previamente aquí establecidas. Si el ganador no demuestra
su voluntad de aceptar estas condiciones, los organizadores no asumirán ningún tipo de
responsabilidad, exonerando de la obligación de permitir la participación y la entrega de un
premio o beneficio.
ARTÍCULO SEXTO: USO DE IMAGEN Y DISPOSICIONES FINALES.
Con el fin de poder hacer público los resultados de la Promoción, a decisión y discreción del
Organizador, los participantes que resulten favorecidos con cualquiera de los Premios de esta
Promoción, autorizan expresamente al Organizador, para que su proyecto, nombre e imagen
aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de
divulgación de las actividades posteriores a la Promoción, como entrega y recibo de los premios,
sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen,
por lo que al participar se adhieren a las regulaciones del presente Reglamento, no pudiendo
negarse a la divulgación de su información y derecho de imagen.
Se hace constar que todas las ilustraciones y/o fotografías utilizadas correspondientes al premio
en las publicaciones de esta Promoción corresponden a la realidad de lo ofrecido y promocionado
por INTACO COSTA RICA S.A. Si un Participante seleccionado no se presente a canjear su
premio dentro del plazo indicado en el presente Reglamento, se tendrá como renuncia voluntaria
su derecho de reclamo de premio. Al Participante seleccionado no le asistirá derecho a reclamo
o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse
voluntariamente en la participación de la promoción. De presentarse dicha situación, el
Organizador queda autorizado para la selección de un ganador suplente según corresponda.
INTACO COSTA RICA S.A. recopilará, con el apoyo del COLONO COSNTRUCCIÓN S.A
cierta información confidencial del Participante, incluyendo pero no limitados a sus datos
personales de conformidad con las disposiciones de la “Ley de Protección de la Persona Frente
al Tratamiento de sus Datos Personales” y su Reglamento, por lo que al momento de la selección
como Ganador o Favorecido, el Participante deberá de firmar todos aquellos documentos que el
Organizador determine, para autorizar al COLONO CONSTRUCCIÓN, S.A. a recopilar y en
general utilizar sus datos a efectos de lograr comunicarse como ganador de la Promoción.
Asimismo en casos especiales que lo ameriten, a decisión del Patrocinador, de estas
circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga constar cualquier hecho fuera de lo previsto
en el presente Reglamento.
En caso que resultare Ganador y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones
y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia no acepte el Premio, no podrá reclamar
al Organizador suma indemnizatoria alguna o un premio de consolación, siendo que el mismo no
es regulado por la presente Promoción.
La Promoción y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de
este Reglamento.
Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, INTACO COSTA RICA S.A y
COLONO CONSTRUCCIÓN S.A. podrán suspender total o parcialmente la Promoción, sin que
se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.
COLONO CONSTRUCCIÓN S.A. no se hará responsable por los gastos colaterales que
implique para el Participante realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción.
Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, preparación de documentos, copias,
costo de transporte, entre otros.
COLONO CONSTRUCCIÓN S.A. se reserva el derecho de suspender los beneficios de esta
Promoción en aquellos casos en que se determine que los beneficios de la misma han sido
aplicados mediante engaño, fraude u otra actividad ilegal.
La mecánica de esta Promoción así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son
propiedad exclusiva de COLONO CONSTRUCCIÓN S.A. e INTACO COSTA RICA S.A.
La responsabilidad de INTACO COSTA RICA S.A Y EL COLONO CONSTRUCCIÓN S.A.
culmina al finalizar la vigencia de la promoción y la responsabilidad de INTACO COSTA RICA
S.A finaliza con la entrega del Premio correspondiente al Participante favorecido, por lo que El
COLONO CONSTRUCCIÓN, S.A es responsable únicamente por la vigencia de la promoción
indicada en este Reglamento.
El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo.
El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por
parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción,
por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha
Promoción.
Para mayor información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán acceder a
la misma aplicación del código QR. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad
para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores del COLONO
CONSTRUCCIÓN S.A. durante la vigencia de la presente promoción.